Artículo UNICO
"Artículo único.- El Fisco deberá transferir gratuitamente a la Federación Provincial de Valparaíso de la Confederación Mutualista de Chile la propiedad fiscal ubicada en calle Independencia N° 2187, de la ciudad, comuna, departamento y provincia de Valparaíso, inscrita a fojas 776, N° 2.641 del Registro de Propiedad del año 1907, en el Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, de una superficie aproximada de 1.293 metros cuadrados e individualizada en el plano N° 638, y deslinda: Norte, Plaza Parque Italia, de la Municipalidad de Valparaíso, en 28,05 metros: Este, calle General Cruz, en 56.15 metros; Sur, calle Independencia, en 2325 metros, y Plaza Parque Italia, de la Municipalidad de Valparaíso, en 6.60 metros, y Oeste. Plaza Parque Italia, de la Municipalidad de Valparaíso en línea quebrada de 34.05 metros y 21,15 metros. La Federación Provincial de Valparaíso de la Confederación Mutualista de Chile deberá destinar la propiedad individualizada en el inciso anterior directa y exclusivamente al cumplimiento de sus fines propios.".
