Artículo 1
Artículo 1.- La colecta pública destinada a erogar fondos para el hermoseamiento de las regiones adyacentes al mausoleo erigido a Gabriela Mistral se llevará a efecto entre los días 1° de Octubre y 31 de Diciembre del presente año. La rendición de cuentas ante la Contraloría General de la República se efectuará, por esta sola vez, dentro de los 90 días siguientes a la realización de la colecta. Para los efectos de lo dispuesto en los incisos precedentes suspéndese, por este año, la aplicación del artículo 2, inciso primero, y artículo 3, inciso primero de la ley N° 14.693, modificados por el artículo 6 de la ley N° 16.719.
