Artículo UNICO
Artículo único.- Prorrógase, por el mes de Marzo de 1972, la aplicación de la ley N° 17.627 y del DFL N° 2, de 29 de Febrero de 1972, dictado en uso de las facultades concedidas por dicha ley.
📜 Texto Legal Técnico
PRORROGA POR EL MES DE MARZO DE 1972, LA APLICACION DE LA LEY 17.627 Y DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY 2, DE 1972, SOBRE ANTICIPO DE REAJUSTE DE REMUNERACIONES A LOS TRABAJADORES DE LOS SECTORES PUBLICOS Y PRIVADOS
Ley 17636 · 1 artículos · Versión BCN: 1972-03-18 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único.- Prorrógase, por el mes de Marzo de 1972, la aplicación de la ley N° 17.627 y del DFL N° 2, de 29 de Febrero de 1972, dictado en uso de las facultades concedidas por dicha ley.