Artículo 1
Artículo único.- Reemplázase en el artículo 34 de la ley N° 17.073, de 31 de Diciembre de 1968, el guarismo "0,50" por la expresión "0,10% sobre las remuneraciones imponibles".
📜 Texto Legal Técnico
MODIFICA EL ARTICULO 34 DE LA LEY N° 17.073
Ley 17714 · 1 artículos · Versión BCN: 1972-09-02 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único.- Reemplázase en el artículo 34 de la ley N° 17.073, de 31 de Diciembre de 1968, el guarismo "0,50" por la expresión "0,10% sobre las remuneraciones imponibles".