CONCEDE PERSONALIDAD JURIDICA A LA ARQUIDIOCESIS CATOLICA APOSTOLICA ORTODOXA DE CHILE
Ley 17725 · 2 artículos · Versión BCN: 1972-09-25 · Ver en LeyChile ↗
Artículo UNICO
"Artículo único.- Concédese personalidad jurídica a la Arquidiócesis Católica Apostólica Ortodoxa de Chile, la que se regirá por sus Estatutos y por las normas canónicas y eclesiásticas aplicables a dicha institución religiosa. La personalidad jurídica que se concede por el inciso anterior regirá por el solo ministerio de la ley, a contar desde el depósito de un ejemplar de sus Estatutos en el Ministerio de Justicia.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo TRANSITORIOTransitoriotransitorio
Artículo transitorio.- Los Estatutos de la Arquidiócesis Católica Apostólica Ortodoxa de Chile deberán ser propuestos, para su aprobación, al Ministerio de Justicia, dentro del plazo de sesenta días de publicada esta ley, y deberán contener, en forma especial, las siguientes menciones: a) Su representación legal, judicial y extrajudicial; b) Los órganos que conformarán la Arquidiócesis, su integración y la forma en que sesionarán y adoptarán sus acuerdos; c) Las facultades y obligaciones de su Consejo; d) El domicilio de la Arquidiócesis, y e) El patrimonio de la misma."