Artículo UNICO
"Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para transferir a título gratuito al "Club de Tiro de Melipilla" una faja de terreno de aproximadamente 50 metros de frente por 500 metros de fondo, ubicada en la hijuela del Llano de la comuna de Melipilla, que el Fisco adquirió para el Club de Tiro de Melipilla según escritura pública de 12 de Noviembre de 1943, otorgada ante el notario don Mariano Serrano, inscrita a fojas 5, N° 57 del Registro de Propiedad, del año 1944, del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla que, según sus títulos, tiene los siguientes deslindes: al Norte, calle sin nombre; al Sur, con resto de propiedad municipal; al Oriente y Poniente, con resto de la propiedad municipal. Si el Club de Tiro de Melipilla vendiere estos terrenos deberá destinar el producto de la venta a la compra de otro terreno para la instalación de un polígono.".
