PRORROGA PLAZO PARA COMPLETAR LAS CUOTAS DE AHORRO
SEÑALADAS EN EL PLAN 2 y 4 DE LA CORPORACION DE
SERVICIOS HABITACIONALES A LOS POBLADORES DE LAS
POBLACIONES "RODRIGUEZ" Y "PIZARRO", DE CHILLAN
Ley 17830 · 4 artículos · Versión BCN: 1972-11-14 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
"Artículo 1°.- Los pobladores de las poblaciones "Rodríguez" y "Pizarro", de Chillán, tendrán un plazo de doce meses, a la publicación en el Diario Oficial de la presente ley, para completar las cuotas señaladas en el plan Dos y Cuatro de la Corporación de Servicios Habitacionales, con el fin de construir la población planificada por la Municipalidad de Chillán.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2°.- La Corporación de Servicios Habitacionales fijará en el presupuesto del año 1973 los fondos necesarios para la construcción de la población del artículo anterior, siempre y cuando la mayoría de los pobladores de las poblaciones señaladas hayan cumplido con la reglamentación establecida por este organismo.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3°.- Acordado el préstamo por la Corporación de Servicios Habitacionales, estos pobladores tendrán un plazo de doce meses para dar comienzo a la construcción de la población referida. Caso contrario, la Corporación de Mejoramiento Urbano procederá a expropiarles.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 4
Artículo 4°.- Déjase sin efecto, en cuanto a las poblaciones señaladas en los artículos anteriores, las disposiciones consignadas en los artículos 2, 18, 22, 24, 24 bis y 38 del decreto supremo N° 483, del Ministerio de la Vivienda y urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 3 de Septiembre de 1966.".