Artículo UNICO
"Artículo único.- La Corporación de la Vivienda o una de las Corporaciones dependientes del Ministerio de la Vivienda deberá dar título de dominio gratuito a los ocupantes de las viviendas de la Población de Pabellones "Corvi Chica", de Puerto Varas, construida en esa ciudad con motivo del sismo del 22 de Mayo de 1960. La Corporación de la Vivienda o una de las Corporaciones dependientes del Ministerio de la Vivienda condonará las deudas pendientes de los ocupantes de la Población de Pabellones "Corvi Chica", de Puerto Varas, incluido multas e intereses.".
