Artículo 1
"Artículo único.°- El Servicio Nacional de Salud transferirá gratuitamente a la Cruz Roja de San Javier el terreno que adquiera por donación de don Aldolfo Silva Henríquez, ubicado en la ciudad de San Javier, con los siguientes deslindes: al Norte, con un frente de 15 metros con la calle Loncomilla; al Oriente, con la calle Esmeralda; al Sur, con el estero de Chanquicó, y al Poniente, con el predio que pertenece a la Dirección General de Carabineros de Chile. La Cruz Roja de San Javier destinará este terreno a la construcción de su sede y demás dependencias.".
