Artículo UNICO
Artículo único.- El personal de la Planta Profesional del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas del Ministerio de Educación Pública, cumplirá un horario semanal de 33 horas, las cuales serán distribuidas por la Dirección de la Institución, de acuerdo con la naturaleza del trabajo y a las necesidades del servicio.
📜 Texto Legal Técnico
