Artículo 1
Artículo 1°.- Otórgase por gracia, el beneficio establecido en el decreto ley N° 417, de 1974, modificado por el decreto ley N° 1.336, de 1976, a los familiares de las personas que a continuación se indican, en la forma en que dicho precepto establece: EJERCITO Capitán Héctor Lacrampette Calderón. Sargento 1° Rafael Villena Cabello. Sargento 1° José Jorquera Jorquera Sargento 2° Luis Octavio Torres Muñoz. Cabo 2° Sergio Figueroa Véliz Cabo 2° Samuel Tapia Llanca. Cabo 2° Federico Ugarte Segura. Cabo 2° Francisco Cifuentes Espinoza. Cabo 2° José Conejeros Huenchuñir. ARMADA Cadete Allan Murphy Rojas. Marinero 2° Marcos Rebolledo Burgos. Grumete Moisés Pérez Salinas. Grumete Juan Muñoz Cuevas. Grumete Seraplo Montenegro Encina. CARABINEROS Vice Sargento 1° Anselmo Aguayo Bustos. Cabo Exequiel Aroca Cuevas.
