Artículo UNICO
Artículo único.- Introdúcese la siguiente modificación al decreto ley N° 839, de 1975: Sustitúyese, en el artículo 1°, del decreto ley N° 839, de 1975, la expresión: "los años 1974, 1975, 1978 y 1979", por "los años 1974, 1975, 1978, 1979, 1982, 1983 y 1984".
📜 Texto Legal Técnico
