Artículo UNICO
Artículo único.- Condónanse las multas adeudadas por infracciones a las normas sobre peso máximo de vehículos y carga aplicadas bajo el imperio de las leyes N°s. 18.028 y 18.278, que modificaron el decreto con fuerza de ley N° 206, de 1960, que fijó el texto refundido de las disposiciones legales sobre construcción, conservación y financiamiento de caminos.
📜 Texto Legal Técnico
