Artículo UNICO
Artículo único.- Deróganse los incisos primero y segundo del artículo 23 del decreto ley N° 3.477, de 1980 y, en consecuencia, queda suprimido el Rol Industrial Nacional.
📜 Texto Legal Técnico
SUPRIME EL ROL INDUSTRIAL NACIONAL
Ley 18579 · 1 artículos · Versión BCN: 1986-12-11 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único.- Deróganse los incisos primero y segundo del artículo 23 del decreto ley N° 3.477, de 1980 y, en consecuencia, queda suprimido el Rol Industrial Nacional.