Artículo 1
Artículo 1°.- Autorízase a la Corporación Nacional del Cobre de Chile para dar en arrendamiento o celebrar convenios con terceros, para la explotación de las siguientes pertenencias mineras o para aportarlas a una o más sociedades anónimas: 1.- Yacimiento aurífero El Hueso, con las siguientes pertenencias e inscripciones de acta de mensura: A) Cuarenta y tres, a fojas 94, N° 104, de 1916; Cincuenta y tres, a fojas 104, N° 111, de 1916; Cincuenta y cuatro, a fojas 105 vta., N° 112, de 1916; Cincuenta y cinco, a fojas 106 vta., N° 113, de 1916; Lamda, a fojas 151, N° 154, de 1922; Omecron, a fojas 152, N° 155, de 1922; Toro, a fojas 150, N° 153, de 1922; Isolina, a fojas 79, N° 93, de 1916; Germán Riesco, a fojas 190 vta., N° 176, de 1916; Pica uno al ciento veintidós, de las cuales sólo se incluyen las pertenencias: 1 a 7, 22 a 35, 47 a 66, 74 a 92, y 99 a 118, a fojas 663, N° 76, de 1957; todas del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Chañaral. El dominio de estas pertenencias se encuentra inscrito a nombre de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, a fojas 18, N° 11, del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Chañaral, correspondiente al año 1976. B) Hundimiento uno al ochocientos trece, de las cuales sólo se incluyen las pertenencias: 534 a 536, 555 a 560, 577 a 584, 601 a 608, 624 a 632, 647 a 656, 670 a 680, 694 a 704, 720 a 728, 745 a 752, 770 a 776 y 813, y cuyo dominio se encuentra inscrito a nombre de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, a fojas 25 vta., N° 11, del Registro del Propiedad del referido Conservador, correspondiente al año 1978. 2.- Yacimiento argentífero El Inca, con las siguientes pertenencias e inscripciones de acta de mensura: A) Crisanta uno a Crisanta treinta y cuatro, a fojas 113 vta., N° 48, de 1936; General Bulnes uno al diez, a fojas 28, N° 15, de 1937; General Freire uno al ocho, a fojas 38 vta., N° 17, de 1937; José Miguel Carrera uno al veinte, a fojas 33 vta., N° 16, de 1937; O'Higgins uno al cuatro, a fojas 42, N° 18 de 1937; San Julián, a fojas 31 vta., N° 13, de 1938; San Marcos, a fojas 31 vta., N° 13, de 1938 y Yarosita uno al cuarenta, de las cuales se mensuraron sólo de la uno a la once, inscritas a fojas 141 vta., N° 46, de 1939; todas del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Tocopilla. El dominio de las pertenencias antes individualizadas se encuentra inscrito a nombre de la Corporación Nacional del Cobre de Chile a fojas 10 vta., N° 3, del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Tocopilla, correspondiente al año 1976. B) Marquina, a fojas 20, N° 7, de 1936; Paloma, a fojas 20, N° 7, de 1936; Irene Primera e Irene Segunda, Juana, Chiripa, Independiente y Blanca, a fojas 151 vta., N° 63, de 1936; todas del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Tocopilla. El dominio de estas pertenencias se encuentra inscrito a nombre de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, a fojas 39 vta., N° 16, del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Tocopilla, correspondiente al año 1979. C) Rena uno a Rena cuatrocientos once, a fojas 99 vta., N° 78, de 1970, del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Tocopilla. El dominio de esta pertenencia se encuentra inscrito, a nombre de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, a fojas 53 vta., N° 14, del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Tocopilla, correspondiente al año 1980, y D) Eduardo uno al mil, de las cuales se mensuraron de la uno a la ciento noventa y dos, y cuyo dominio se encuentra inscrito a nombre de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, a fojas 9, N° 5, del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Tocopilla, correspondiente al año 1979.
