Artículo 1
Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 18.297, Orgánica de la Empresa Nacional de Aeronáutica de Chile: 1.- Reemplázase el artículo 4°, por el siguiente: "Artículo 4°.- La dirección y administración de ENAER corresponderá a su Presidente, quien será un Oficial en servicio activo, de grado no inferior a General de Brigada Aérea, nombrado por decreto supremo a proposición del Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea. El Presidente será subrogado por el Oficial de la Fuerza Aérea en servicio activo, destinado a ENAER, que le siga en antigüedad."; 2.- En el artículo 9° suprímese en la letra a) la frase: "conforme lo señale el reglamento," y la coma (,) que la precede, y 3.- Reemplázase la letra l) del artículo 10, por la siguiente: "l) Delegar parte de las facultades señaladas en este artículo en alguna de las jefaturas de ENAER y conferir mandato para uno o más asuntos determinados a personal de la Empresa o personas ajenas a ella, y".
