Artículo UNICO
Artículo único.- Sustitúyese en el inciso segundo del artículo 3° de la ley N° 18.614, la expresión "antes del 31 de octubre de 1988" por la de "antes del 30 de abril de 1989".
📜 Texto Legal Técnico
MODIFICA LEY N° 18.614
Ley 18789 · 1 artículos · Versión BCN: 1989-04-29 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único.- Sustitúyese en el inciso segundo del artículo 3° de la ley N° 18.614, la expresión "antes del 31 de octubre de 1988" por la de "antes del 30 de abril de 1989".