Artículo 1
Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 46 bis del decreto con fuerza de ley N° 1 (G) de 1968, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo (G) N° 148, de 1986. 1.- Reemplázase la letra "a) Oficiales de Línea", por la siguiente: "a) Oficiales de Línea Alférez 1 año Subteniente 4 años Teniente 6 años Capitán 10 años Mayor 6 años Teniente Coronel.". 2.- Sustitúyese en la letra "b) Oficiales de los Servicios", en el grado de Capitán, el guarismo "8" por "12".
