Artículo UNICO
"Artículo único: Reemplázase en el artículo 126° de la ley N° 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura, modificado por la ley N° 18.977, de 1990, la expresión "1° de octubre" por "30 de noviembre"".
📜 Texto Legal Técnico
MODIFICA EL ARTICULO 126° DE LA LEY N° 18.892, GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA, MODIFICADO POR LA LEY N° 18.977
Ley 18999 · 1 artículos · Versión BCN: 1990-09-22 · Ver en LeyChile ↗
"Artículo único: Reemplázase en el artículo 126° de la ley N° 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura, modificado por la ley N° 18.977, de 1990, la expresión "1° de octubre" por "30 de noviembre"".