Artículo UNICO
"Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley N° 1 (G), de 1968, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por Decreto Supremo (G) N° 148, de 1986: 1.- Reemplázase el N° 2 del artículo 5° por el siguiente: "2.- Armada a) De Línea - De Armas * Ejecutivos e Ingenieros Navales. * Infantería de Marina. * Cubierta y Máquinas. - De Abastecimiento - De Litoral - De Mar b) De los Servicios - De Justicia - De Sanidad Dental - De Servicios Marítimos * Prácticos * Inspectores _ De Servicio Religioso _ De Bandas". 2.- Intercálase la siguiente letra e) nueva, al artículo 47°, pasando la actual letra e) a ser letra f): "e) Oficiales del Litoral Guardiamarina........................ 1 año Subteniente.......................... 3 años Teniente 2°.......................... 5 años Teniente 1°.......................... 6 años Capitán de Corbeta................... 5 años Capitán de Fragata................... 5 años Capitán de Navío..................... " 3.- Reemplázase la letra d) del artículo 48°, por la siguiente: "d) Oficiales de Servicios Marítimos Prácticos Capitán de Corbeta................... 5 años Capitán de Fragata................... Inspectores Capitán de Corbeta................... 5 años Capitán de Fragata................... " 4.- Sustitúyese en el artículo 108°, letra c), la expresión "Oficiales de Servicios Marítimos (Litoral, Prácticos e Inspectores)" por la siguiente "Oficiales del Litoral, Prácticos e Inspectores". 5.- Sustitúyese en el inciso tercero del artículo 179°, la frase "Al personal de los Servicios Marítimos" por "A los Oficiales del Litoral y al personal de los Servicios Marítimos". 6.- Reemplázase en el inciso sexto del artículo 179° la expresión "Oficiales de los Servicios Marítimos", por "Oficiales del Litoral, Prácticos e Inspectores". 7.- Sustitúyese en el artículo 239° bis, la frase "el personal de los Servicios Marítimos" por "los Oficiales del Litoral y el personal de los Servicios Marítimos".".
