Artículo UNICO
"Artículo Unico.- Introdúcense al Decreto con Fuerza de Ley de Educación N° 1, de 1988, sobre Premios Nacionales, las siguientes modificaciones: I.- Sustitúyese en el inciso segundo del artículo 9° la mención al mes de mayo, por mes de "septiembre". II.- Sustitúyese en el inciso primero del artículo 10 la mención al mes de agosto, por mes de "octubre".".
📜 Texto Legal Técnico
