Artículo UNICO
"Artículo único.- Sustitúyese, en el inciso segundo del artículo 25 de la Constitución Política de la República, la expresión "ocho" por "seis".".
📜 Texto Legal Técnico
MODIFICA ARTICULO 25 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA
Ley 19295 · 1 artículos · Versión BCN: 1994-03-04 · Ver en LeyChile ↗
"Artículo único.- Sustitúyese, en el inciso segundo del artículo 25 de la Constitución Política de la República, la expresión "ocho" por "seis".".