Artículo 1°.- Establécese la Municipalidad de la Comuna de San Joaquín. Esta Municipalidad entrará en funcionamiento, en la fecha en que asuma su cargo el respectivo Alcalde, designado en conformidad a la ley, dentro del plazo de 120 días contados desde la publicación del presente Decreto con Fuerza de Ley en el Diario Oficial.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2°.- El primer presupuesto, de esta nueva Municipalidad será aprobado por el Intendente de la Región Metropolitana.
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Artículo 3
Artículo 3°.- Autorízase a la Municipalidad de San Miguel para traspasar a título gratuito a la Municipalidad de San Joaquín, los bienes muebles e inmuebles que requiera para su funcionamiento.
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Artículo 4
Artículo 4°.- Las obligaciones pendientes de la Municipalidad de San Miguel, serán siempre de cargo de ésta, aún cuando su causa tenga relación con el territorio de la Municipalidad de San Joaquín. Las contribuciones, patentes y demás créditos en favor de la Municipalidad originaria, pendientes de pago a la fecha que entre en funcionamiento la nueva Municipalidad, le corresponderá y deberá pagarse, en todo caso, a aquella.
ARTICULOS TRANSITORIOS (Arts. 1-2) ARTICULO 1°.- Facúltase a la Municipalidad de San Miguel, para seguir financiando hasta el 31 de Diciembre de 1987 y después de establecida la Municipalidad de San Joaquín, todos o algunos de los servicios y consumos de esta última.
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Artículo 2Transitoriotransitorio
ARTICULOS TRANSITORIOS (Arts. 1-2) ARTICULO 2°.- El gasto total de funcionamiento de los juzgados de policía local será de cargo de la respectiva Municipalidad originaria, sin perjuicio de que el ingreso municipal por concepto de multas corresponda al municipio de la comuna donde se cometa la infracción que diere lugar al respectivo proceso.