Artículo UNICO
Artículo único.- Adécuanse las plantas y escalafones del personal de la Comisión Nacional de Riego a lo dispuesto en el artículo 5° de la ley N° 18.834, en la forma que a continuación se indica: ______________________________________________________ SITUACION ACTUAL ______________________________________________________ Escalafón Cargos Nivel Grados N° de D.F.L.90/77(H) E.U.S. Cargos ______________________________________________________ Jefe Superior de Servicio Secretario Ejecutivo III 2° 1 Directivos Superiores Director Ejecutivo II 3° 1 Directivos Superiores Asesor Jurídico III 4° 1 Directivos Superiores Jefe de Proyectos III 4° 3 Jefatura B Jefe Administrativo II 13° 1 ___ 6 Profesionales Profesionales 5° 4 Profesionales Profesionales 6° 4 Técnico Universitario Técnico Universit. I 10° 1 Técnico Universitario Técnico Universit. I 14° 1 ____ 10 Oficial Administrativo Oficial Administr. II 16° 2 ___ 2 Choferes Chofer 23° 1 Choferes Chofer 25° 1 Auxiliar Auxiliar 25° 1 Auxiliar Auxiliar 26° 2 Auxiliar Auxiliar 27° 1 ___ 6 ______________________________________________________ PLANTA ADECUADA A LA LEY N° 18.834. ______________________________________________________ Planta/Cargos Grado N° de E.U.S. Cargos ______________________________________________________ Secretario Ejecutivo 2° 1 DIRECTIVOS Jefe de Departamento 3° 1 Jefe Departamento Jurídico 4° 1 Jefes de Departamento 4° 3 Jefes de Sección 13° 1 ___ 6 PROFESIONALES Profesionales 5° 4 Profesionales 6° 4 Profesional 10° 1 Profesional 14° 1 ____ 10 ADMINISTRATIVOS Administrativos 16° 2 --- 2 AUXILIARES Auxiliar 23° 1 Auxiliares 25° 2 Auxiliares 26° 2 Auxiliar 27° 1 ___ 6 Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican: Planta de Directivos Jefe de Sección Título de Técnico de una carrera con currículum inferior a seis semestres, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. Planta de Profesionales Profesionales grados 5 y 6: a) Título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, o b) Título profesional de una carrera de a lo menos 6 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos 1 año en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Profesionales, o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta planta. Profesionales grado 10 y 14: a) Título profesional de técnico universitario con carrera de 6 semestres a lo menos. Planta de Administrativos a) Licencia de educación media o equivalente, curso de secretariado de 200 horas. Experiencia: 2 años y 6 meses. Planta de Auxiliares Haber aprobado la educación básica; además, el cargo de auxiliar grado 23 y un cargo de auxiliar grado 25, requerirán estar en posesión de licencia para conducir clase A.
