Artículo 1
Artículo 1°.- Déjase sin efecto el decreto con fuerza de Ley N° 2, de 22 de febrero de 1990, de la Subsecretaría de Guerra, sin tramitar.
ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DE LA DIRECCION GENERAL DE DEPORTES Y RECREACION, AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO
DFL 4 · 2 artículos · Versión BCN: 1990-06-23 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1°.- Déjase sin efecto el decreto con fuerza de Ley N° 2, de 22 de febrero de 1990, de la Subsecretaría de Guerra, sin tramitar.
Artículo 2° Adecuanse las plantas y escalafones del personal de la Dirección General de Deportes y Recreación a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la forma que se señala: Situación Actual Escalafón Cargos Nivel Grado N° Cargos ------------------------------------------------------- Jefe Superior Director General IV 3 1 del Servicio --- 1 Directivos Subdirector de Deportes I 5 1 Directivo I 5 1 Directivos I 5 2 Directivos II 6 4 Jefes de Departamentos III 7 2 ---- 10 Directivos Secretarios Técnicos III 7 2 Directivos Jefe de Planificación y Presupuesto III 7 1 Jefatura A Jefaturas A I 9 5 Jefatura A Jefaturas A II 10 2 ---- 10 Profesional y Técnicos Universitarios Profesional -- 4 1 Profesionales y Técnicos Universitarios Profesionales -- 6 6 Profesionales y Técnicos Universitarios Profesionales -- 7 3 Profesionales y Técnicos Universitarios Profesionales -- 8 2 Profesionales y Técnicos Universitarios Profesionales -- 10 3 Inspectores Inspector I 10 1 Profesionales y Técnicos Universitarios Profesional -- 12 1 Profesionales y Técnicos Universitarios Profesionales -- 13 2 Profesionales y Técnicos Universitarios Profesional y 2 Técnico Universitario -- 14 1 ---- 20 Contadores Contadores I 10 5 Contadores Contadores I 11 2 Contadores Contadores I 12 4 Inspectores Inspectores II 14 4 Contadores Contador II 15 1 Inspectores Inspectores II 15 3 Contadores Contadores II 16 2 Inspectores Inspectores II 16 3 Inspectores Inspectores III 17 4 Inspectores Inspectores III 18 3 ---- 31 Oficiales Oficiales Administrativos Administrativos I 14 6 Oficiales Oficiales Administrativos Administrativos I 15 5 Oficiales Oficiales Administrativos Administrativos II 16 7 Oficiales Oficiales Administrativos Administrativos II 17 5 Oficiales Oficiales Administrativos Administrativos II 18 6 Oficiales Oficiales Administrativos Administrativos II 19 4 Oficiales Oficiales Administrativos Administrativos III 20 2 ---- 35 OFICIALES ADMINITRATIVOS (ESTADIO NACIONAL) Oficiales Oficial Administrativos Administrativos I 15 1 Oficiales Oficial Administrativos Administrativos II 19 1 --- 2 Mayordomos Mayordomos I 19 7 Mayordomos Mayordomos I 20 4 Choferes Chofer I 20 1 Choferes Choferes I 21 3 Auxiliares Auxiliares I 21 7 Choferes Choferes I 22 2 Auxiliares Auxiliares I 22 11 Auxiliares Auxiliares II 23 13 Auxiliares Auxiliares II 24 7 Auxiliares Auxiliares II 25 5 ---- 60 AUXILIARES (ESTADIO NACIONAL) Auxiliares Auxiliar I 21 1 --- 1 Adecuación según Artículo 5° Ley N° 18.834. Planta/Cargos Grados N° Cargos ---------------------------------------------------- CARGOS DE EXCLUSIVA CONFIANZA JEFE SUPERIOR DEL SERVICIO Director General 3 1 --- 1 DIRECTIVOS Subdirector General 5 1 Jefe de Departamentos 5 3 Jefes de Departamentos 6 4 Jefes de Departamentos 7 2 ---- 10 CARGOS DE CARRERA DIRECTIVOS Jefes de Subdepartamentos 7 3 Jefes de Sección 9 5 Jefes de Oficina 10 2 ---- 10 PROFESIONALES Profesional 4 1 Profesionales 6 6 Profesionales 7 3 Profesionales 8 2 Profesionales 10 4 Profesional 12 1 Profesionales 13 2 Profesional 14 1 ---- 20 Técnicos 10 5 Técnicos 11 2 Técnicos 12 4 Técnicos 14 4 Técnicos 15 4 Técnicos 16 5 Técnicos 17 4 Técnicos 18 3 ---- 31 Administrativos 14 6 Administrativos 15 5 Administrativos 16 7 Administrativos 17 5 Administrativos 18 6 Administrativos 19 4 Administrativos 20 2 ---- 35 ADMINISTRATIVOS (ESTADIO NACIONAL) Administrativo 15 1 Administrativo 19 1 --- 2 AUXILIARES Auxiliares 19 7 Auxiliares 20 5 Auxiliares 21 10 Auxiliares 22 13 Auxiliares 23 13 Auxiliares 24 7 Auxiliares 25 5 ---- 60 AUXILIARES (ESTADIO NACIONAL) Auxiliar 21 1 --- 1 Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos de carrera que se indican: 1) Planta Directivos: Alternativamente. a) Título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. b) Título de una carrera de a lo menos 6 semestres de duración, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos 1 año en la Administración del Estado en cargos de Planta de Profesionales, o en cargos que hubieren pertenecido a Escalafones que han pasado a integrar esta Planta. c) Título de Técnico de una carrera de duración inferior a 6 semestres, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos 2 años en la Administración del Estado en cargos de Planta de Técnicos, o en cargos de escalafones que han pasado a integrar esta Planta. d) Desempeño de a los menos 8 años en la Administración del Estado, en cargos de la Planta de Técnicos, o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta Planta, más un Curso de Gestión Directiva de 90 horas a lo menos. e) Desempeño de a lo menos 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta Administrativos o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrarla, uno de los cuales debe ser en cargos tope de esta Planta, más un curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas. 2) Planta de Profesionales: Alternativamente. a) Título Profesional de una carrera con un curriculum de a lo menos 8 semestres de duración otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. b) Grado académico de licenciado, magister o doctor, otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste. 3) Planta de Técnicos: Alternativamente. a) Título de Técnico otorgado por un Instituto o establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, o por un establecimiento de Educación Media Técnico-Profesional. b) Haber aprobado a lo menos 4 semestres de una carrera profesional universitaria impartida por una Universidad del Estado o reconocida por éste. 4) Planta de Administrativos. - Licencia de Educación Media o equivalente. 5) Planta de Auxiliares - Haber aprobado la Educación Básica.