Artículo 1
Artículo 1°.- Créase en la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, a contar del 31 de mayo de 1990, los siguientes cargos en la Planta de Directivos, los que constituyen dotación adicional y se extinguirán de pleno derecho al momento del cese de funciones por cualquier causa de las personas que se individualizan, quienes en virtud de lo preceptuado en el Art. 2° transitorio de la Ley N° 18.972, han optado por continuar desempeñándose en un cargo del mismo grado, en extinción, adscritos al Servicio indicado: Cargo: Directivo. Gdo. EUS.: 4° EUS. Persona que hizo uso de la opción: Martínez Baeza, Sergio. R.U.T.: 2.933.016-6 Cargo: Directivo Gdo. EUS.: 6° EUS. Persona que hizo uso de la opción: González Echenique, Francisco Javier R.U.T.: 2.034.533-0. Los aludidos funcionarios percibirán las mismas remuneraciones de que actualmente gozan o las que en lo sucesivo correspondan a los respectivos grados.
