Artículo 1°.- Adécuanse la plata y escalafones del personal de la Municipalidad de Ancud a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 18.883, en la forma que se señala: _____________________________________________________ | NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.863 DEL DIA JUEVES | | 12 DE MAYO DE 1994, PAGINA 3 | |_____________________________________________________|
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2°.- De conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 19.280 modifícase la planta de personal de la Municipalidad de Ancud en el siguiente sentido: A.- Créanse los cargos que se señalan: Planta Cargo Grado N° Cargos ------------------------------------------------------- Directivos Director de Obras 8° 1 Municipales Director de 8° 1 Administración y Finanzas Director de Aseo 9° 1 y Ornato Asesor Jurídico 9° 1 Secretario Comunal de 10° 1 Planificación y Coordinación Director Desarrollo 10° 1 Comunitario Profesionales Profesional 9° 1 Profesional 10° 1 Profesional 11° 1 Jefaturas Jefatura 11° 1 Jefatura 12° 1 Técnicos Técnico 10° 1 Técnico 12° 1 Técnico 15° 1 Técnico 16° 1 Administrativos Administrativo 12° 1 Administrativos 13° 3 Administrativos 16° 2 Administrativos 18° 3 Auxiliares Auxiliares 14° 3 Auxiliares 15° 2 Auxiliar 17° 1 ---- TOTAL CARGOS 30 B.- Suprímanse los cargos que se indican: Planta Cargo Grado N° Cargos ------------------------------------------------------- Profesionales Profesional 8° 1 Jefaturas Jefaturas 10° 2 Administrativos Administrativos 15° 2 Auxiliares Auxiliar 18° 1 --- TOTAL CARGOS 6 C.- Modifícanse los grados de los cargos que se indican: Planta Cargo Grado Grado N° Actual Modificado Cargos ------------------------------------------------------- Técnicos Técnicos 12° 11° 2 Técnico 13° 12° 1 Técnicos 14° 13° 2 Administrativos Administrativo 13° 12° 1 Administrativo 14° 13° 1 Administrativo 15° 14° 1 Administrativos 16° 15° 3 Administrativos 18° 16° 4 Auxiliares Auxiliares 16° 14° 2 Auxiliar 17° 14° 1 Auxiliar 17° 15° 1 Auxiliar 18° 16° 1 Auxiliares 19° 18° 2 Auxiliar 20° 19° 1
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3°.- Establécese la planta de personal de la Municipalidad de Ancud: Planta Cargo Grado N° Cargos ------------------------------------------------------- Alcalde Alcalde 5° 1 Directivos Juez de Policía Local 6° 1 Secretario Municipal 7° 1 Director de Obras 8° 1 Municipales Director de 8° 1 Administración y Finanzas Directivo 8° 1 Asesor Jurídico 9° 1 Director de Aseo y 9° 1 Ornato Secretario Comunal de 10° 1 Planificación y Coordinación Director Desarrollo 10° 1 Comunitario Directivo 10° 1 Profesionales Profesionales 9° 2 Profesional 10° 1 Profesional 11° 1 Profesionales Ley N° 15.076 11 hrs. Jefaturas Jefatura 11° 1 Jefatura 12° 1 Técnicos Técnicos 10° 2 Técnicos 11° 2 Técnicos 12° 2 Técnicos 13° 2 Técnicos 14° 2 Técnico 15° 1 Técnico 16° 1 Administrativos Administrativos 12° 3 Administrativos 13° 4 Administrativos 14° 2 Administrativos 15° 3 Administrativos 16° 2 Administrativos 17° 4 Administrativos 18° 5 Auxiliares Auxiliares 14° 7 Auxiliares 15° 3 Auxiliares 16° 2 Auxiliar 17° 1 Auxiliares 18° 2 Auxiliar 19° 1 ---- TOTAL CARGOS 68 Más 11 hrs. Profesionales Ley N° 15.076
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 4
Artículo 4°.- Fíjanse los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan: Planta Cargo Grado Requisitos ------------------------------------------------------- Directivos Director de Obras 8° Desempeño de a Municipales a lo menos 5 años en Municipalidades o en otro órgano de la Administración del Estado. Director de 8° a) Título de Administración y Ingeniero Finanzas Comercial o Contador Auditor; b) Desempeño a lo menos de 5 años en Municipalidades o en otro órgano de la Administración del Estado, y c) Haber aprobado un curso de especialización en Contabilidad Gubernamental. Director de Aseo 9° Desempeño de a y Ornato lo menos 5 años en Municipalidades o en otro órgano de la Administración del Estado. Profesionales Profesional 9° - Un cargo profesional grado 9°, requerirá Título de Asistente Social y desempeño de a lo menos 5 años en Municipalidades - Un cargo profesional grado 9°, requerirá Título de Arquitecto Auxiliares Auxiliares 14° - Seis cargos auxiliares grado 14°, requerirán Licencia de Conducir Clase A-2. Auxiliares Auxiliares 15° - Dos cargos auxiliares grado 15°, requerirán Licencia de Conducir Clase A-2.