Artículo 1
Artículo 1°.- Fíjase la siguiente planta de personal para el Servicio de Salud Metropolitano Sur-Oriente NOTA 1 A NOTA 2 ) PLANTA DE DIRECTIVOS Cargo Gr. N° E.U. Cargos Director Servicio Salud 2 1 Subdirector Administrativo Servicio Salud 3 1 Jefe Departamento Auditoría 4 1 Jefe Departamento Jurídico 4 1 Subdirector Administrativo de Hospital 4 1 Jefe Departamento Informática 5 1 Jefe Departamento Recursos Físicos 5 1 Jefe Departamento Recursos Humanos 5 1 Jefe Departamento Finanzas 5 1 Jefatura Paramédica 7 3 Jefe Servicio Orientación Médica y Estadística 8 1 Jefe Sección Registro Personal y Bienestar 8 2 Supervisor Paramédico 8 1 Jefe Sección Esterilización 9 1 Supervisor Paramédico 9 5 Subdirector Administrativo de Hospital 10 1 Jefe Sección Alimentación 10 1 Coordinador Administrativo 10 1 Supervisor Paramédico 10 2 Jefe Sección Contabilidad y Presupuesto 11 1 Jefe Sección Servicios Generales 11 1 Jefe Sección Abastecimiento 11 1 Jefe Servicio Orientación Médica y Estadística 12 1 Jefe Sección Mantención 13 1 Jefe Sección Registro Personal y Bienestar 13 1 Jefe Sección Contabilidad y Presupuesto 13 1 Jefe Oficina Admisión 13 1 Jefe Oficina Recaudación 13 1 Jefe Oficina Inventarios 13 1 Jefe Oficina Tesorería 13 1 Jefe Oficina Movilización 13 1 Jefe Oficina Lavandería 13 1 Jefe Sección Sueldos 13 1 Jefe Oficina Admisión y Estadística 13 1 Jefe Sección Registro Personal y Bienestar 16 1 Jefe Oficina Secretaría y Oficina de Partes 16 1 Jefe Sección Servicios Generales 17 1 Cargos que se podrán remunerar y desempeñar indistintamente bajo el régimen del decreto ley Nº249, de 1973, o de las leyes Nºs 15.076 y 19.664. Cargo Gr. Horas N° NOTA: E.U. Sema- Cargos nales Subdirector Médico Servicio Salud 3 33 1 Director de Hospital 3 33 1 Subdirector Médico de Hospital 4 33 1 Jefe Departamento Programa de las Personas 5 33 1 Jefe Departamento Medicina Preventiva e Invalidez 5 33 1 Director de Hospital 6 33 1 Director de Atención Primaria 6 33 1 Jefe Servicio Clínico 8 33 9 Jefe Unidad de Apoyo 8 33 9 Jefe Sección Farmacia 9 44 1 Total cargos Planta Directivos: 73 B) PLANTA DE PROFESIONALES Cargo Gr. N° E.U. Cargos Profesionales 5 1 Profesionales 8 1 Profesionales 9 1 Profesionales 10 10 Profesionales 11 13 Profesionales 12 23 Profesionales 13 40 Profesionales 14 39 Profesionales 15 48 Profesionales 16 47 Profesionales 17 55 Profesionales 18 1 Total cargos Planta Profesionales 279 C) PLANTA DE TECNICOS Cargo Gr. N° E.U. Cargos Técnicos 10 1 Técnicos 12 1 Técnicos 16 20 Técnicos 17 27 Técnicos 18 29 Técnicos 19 33 Técnicos 20 35 Técnicos 21 74 Técnicos 22 209 Técnicos 23 14 Técnicos 24 145 Total cargos Planta Técnicos 588 D) PLANTA DE ADMINISTRATIVOS Cargo Gr. N° E.U. Cargos Administrativos 14 6 Administrativos 15 5 Administrativos 16 5 Administrativos 17 8 Administrativos 18 10 Administrativos 19 12 Administrativos 20 16 Administrativos 21 19 Administrativos 22 11 Administrativos 23 11 Administrativos 24 12 Administrativos 25 37 Total cargos Planta Administrativos 152 E) PLANTA DE AUXILIARES Cargo Gr. N° E.U. Cargos Auxiliares 19 7 Auxiliares 20 13 Auxiliares 21 26 Auxiliares 22 30 Auxiliares 23 33 Auxiliares 24 43 Auxiliares 25 50 Auxiliares 26 56 Auxiliares 27 97 Auxiliares 28 2 Total cargos Planta Auxiliares 357 F) PLANTA DE PROFESIONALES FUNCIONARIOS a. Planta de cargos afectos a la ley Nº15.076 NOTA: Horas Nº Semanales Cargos MEDICOS CIRUJANOS 28 69 CIRUJANOS DENTISTAS 28 6 b. Planta Profesional de Horas ley Nº19.664 Horas Semanales PROFESIONALES FUNCIONARIOS 5.555 NOTA: El Art. único del DFL 28, Salud, publicado el 17.07.2000 establece que la presente modificación regirá a partir del 01 de agosto del 2000. NOTA 1 El artículo único del Decreto con Fuerza de Ley 19, Salud, publicado el 30.05.2009, incrementa en 22 cargos de Médicos Cirujanos, la planta de cargos afectos a la ley Nº 15.076 del Servicio de Salud Metropolitano Sur-Oriente, fijada en la presente norma. NOTA 2 El artículo 1° del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, Salud, publicado el 28.08.2019, modifican la presente norma en el sentido de crear un total de 785 cargos, de acuerdo a la distribución que la citada norma indica.
