Artículo UNICO
Artículo único.- Adécuanse las plantas y escalafones del personal del Instituto Nacional de Hidráulica, a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la forma que se señala: Situación Actual ------------------------------------------------------- Escalafón/Cargos Nivel Grado N° E.U.S. Cargos ------------------------------------------------------- Director Ejecutivo IV 3° 1 DIRECTIVOS Jefe Departamento I 5° 1 JEFATURA A Jefatura A II 10° 1 PROFESIONALES Profesionales I 5° 1 Profesionales I 6° 1 Profesionales II 8° 2 Profesionales III 10° 2 Profesionales II 12° 1 Profesionales II 16° 1 TECNICOS UNIVERSITARIOS Técnico Universitario I 15° 1 Técnico Universitario II 17° 1 ENCARGADOS DE TALLER Encargado de Taller II 20° 3 Encargado de Taller II 21° 4 OFICIAL ADMINISTRATIVO Oficial Administrativo I 14° 2 Oficial Administrativo I 15° 1 Oficial Administrativo II 16° 1 Oficial Administrativo II 17° 1 Oficial Administrativo II 18° 1 Oficial Administrativo II 19° 2 Oficial Administrativo III 20° 2 Oficial Administrativo III 22° 2 Oficial Administrativo III 23° 2 Oficial Administrativo III 24° 2 MAYORDOMO Chofer I 20° 1 AUXILIARES Auxiliares I 22° 2 Auxiliares II 23° 3 Auxiliares II 24° 2 Auxiliares II 25° 2 Auxiliares II 27° 4 Adecuación según Artículo 5° Ley N° 18.834 ------------------------------------------------------- Planta Cargos Grado N° E.U.S. Cargos ------------------------------------------------------- Director Ejecutivo 3° 1 DIRECTIVOS Jefe Departamento 5° 1 Jefe Sección 10° 1 --- 2 PROFESIONALES Profesional 5° 1 Profesional 6° 1 Profesionales 8° 2 Profesionales 10° 2 Profesional 12° 1 Profesional 16° 1 Profesional 15° 1 Profesional 17° 1 ---- 10 TECNICOS Técnicos 20° 3 Técnicos 21° 4 --- 7 ADMINISTRATIVOS Administrativos 14° 2 Administrativo 15° 1 Administrativo 16° 1 Administrativo 17° 1 Administrativo 18° 1 Administrativos 19° 2 Administrativos 20° 2 Administrativos 22° 2 Administrativos 23° 2 Administrativos 24° 2 ---- 16 AUXILIARES Auxiliar 20° 1 Auxiliares 22° 2 Auxiliares 23° 3 Auxiliares 24° 2 Auxiliares 25° 2 Auxiliares 27° 4 ---- 14 Establécense los siguientes requisitos, ingrezo y promoción en las plantas y cargos que se indican: a) Planta de Directivos - Cargos de carrera. El cargo de Jefe de Sección, grado 10° EUS., desempeño de a lo menos 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta Administrativa o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrarla, uno de los cuales debe ser en cargos tope de esta planta, más un Curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas. b) Planta de Profesionales: El cargo grado 5° EUS., Título de Ingeniero Civil. Los cargos del grado 6° EUS al grado 10° EUS, título profesional de aquellos que requieren Licenciatura previa. Los cargos del grado 12° EUS. al grado 17° EUS, título profesional de una carrera otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. c) Planta de Técnicos: Los cargos grado 20° EUS, título de Técnico otorgado por un Instituto o Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. Los cargos grado 21° EUS, título de Técnico otorgado por un Establecimiento de Educación Media Técnico-Profesional. d) Planta de Administrativos: Licencia de Educación Media o equivalente. e) Planta de Auxiliares: Haber aprobado la Educación Básica y estar en posesión de la Licenciatura de Conducir cuando corresponda.
