Artículo 1
Artículo 1°.- Créase, a contar de la fecha que se indica, en la Planta de Directivos del Instituto de Salud Pública de Chile, fijada por el decreto con fuerza de ley N° 4, de 1980, del Ministerio de Salud, sustituida por el artículo 57 de la ley N° 18.827 y adecuada por el decreto con fuerza de ley N° 2 de 1990, de esa misma Secretaría de Estado, el siguiente cargo al cual accedió por el solo ministerio de la ley, el funcionario que se individualiza: PLANTA DE DIRECTIVOS DOTACION ADICIONAL Cargos en Extinción ________________________________________________________ N° Denominación Grado Fecha Nombre Titular Cargos E.U.S. Creación ________________________________________________________ 1 Directivo 4° 19/4/90 Julio Hernán Lobos Romero
