Artículo UNICO
Artículo Unico.- Adécuanse las plantas y escalafones del personal de la Dirección de Arquitectura a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la forma que se señala: _____________________________________________________ SITUACION ACTUAL ______________________________________________________ Grado N° DE ESCALAFON/CARGOS NIVEL E.U.S. CARGOS ______________________________________________________ DIRECTOR NACIONAL IV 3° 1 Directivo Superior Sub-Director III 4° 1 Directivos Jefes de Departamento I 5° 5 Jefaturas B I 11° 2 Jefaturas B I 12° 2 Jefaturas B II 13° 2 Arquitectos I 6° 17 Ingeniero I 6° 1 Arquitectos I 7° 20 Arquitectos II 8° 4 Ingeniero II 8° 1 Arquitectos II 9° 26 Arquitecto II 10° 1 Constructores Civiles I 10° 8 Arquitectos II 11° 10 Ingenieros II 11° 3 Constructores Civiles I 11° 9 Arquitectos III 12° 3 Constructores Civiles II 12° 15 Constructores Civiles II 13° 9 Constructores Civiles II 14° 13 Técnico Universitario I 14° 1 Constructores Civiles III 15° 2 Técnicos Universitarios I 15° 4 Técnicos Universitarios II 16° 4 Técnicos Universitarios II 17° 6 Técnicos Universitarios II 18° 2 Técnicos Universitarios III 19° 2 Técnico Universitario III 20° 1 Oficiales Administrativos I 14° 5 Oficiales Administrativos I 15° 6 Oficiales Administrativos II 16° 9 Oficiales Administrativos II 17° 9 Oficiales Administrativos II 18° 12 Oficiales Administrativos II 19° 15 Oficiales Administrativos III 20° 21 Oficiales Administrativos III 21° 35 Oficiales Administrativos III 22° 17 Oficiales Administrativos III 23° 3 Oficiales Administrativos III 24° 3 Oficial Administrativo IV 25° 1 Choferes 20° 4 Mayordomos 21° 2 Choferes 21° 2 Auxiliares 21° 2 Auxiliares 22° 2 Chofer 23° 1 Auxiliares 23° 2 Chofer 24° 1 Auxiliar 25° 1 _____________________________________________________ ADECUACION SEGUN ARTICULO 5° LEY N° 18.834.- _____________________________________________________ GRADO N° DE PLANTA/CARGOS E.U.S. CARGOS TOTAL _____________________________________________________ DIRECTOR NACIONAL 3° 1 PLANTA DIRECTIVOS ----------------- Sub-Director 4° 1 Jefes de Departamento 5° 5 Jefes de Subdepartamento 11° 2 Jefes de Sección 12° 2 Jefes de Sección 13° 2 12 PLANTA PROFESIONAL ------------------ Profesionales 6° 18 Profesionales 7° 20 Profesionales 8° 5 Profesionales 9° 26 Profesionales 10° 9 Profesionales 11° 22 Profesionales 12° 18 Profesionales 13° 9 Profesionales 14° 14 Profesionales 15� 6 Profesionales 16° 4 Profesionales 17° 6 Profesionales 18° 2 Profesionales 19° 2 Profesional 20° 1 162 PLANTA DE ADMINISTRATIVOS ------------------------- Administrativos 14° 5 Administrativos 15° 6 Administrativos 16° 9 Administrativos 17° 9 Administrativos 18° 12 Administrativos 19° 15 Administrativos 20° 21 Administrativos 21° 35 Administrativos 22° 17 Administrativos 23° 3 Administrativos 24° 3 Administrativo 25° 1 136 PLANTA DE AUXILIARES -------------------- Auxiliares 20° 4 Auxiliares 21° 6 Auxiliares 22° 2 Auxiliares 23° 3 Auxiliar 24° 1 Auxiliar 25° 1 17 _____________ TOTAL 327 _____________ Establécense los siguientes requisitos de ingreso y promoción para el desempeño en las plantas y cargos que se indican: 1.- PLANTA DE DIRECTIVOS: Cargos de carrera. Grado 11° al 13° Alternativamente: a) Título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste. b) Título de Técnico de un carrera con un curriculum inferior a 6 semestres, otorgado por establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos 2 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos, o en cargos de escalafones que han pasado a integrar esa planta. c) Desempeño de a lo menos 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta Administrativa o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrarla, uno de los cuales debe ser en cargos tope de esta planta, más un Curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas. 2.- PLANTA DE PROFESIONALES: Grado 6° - Diecisiete cargos requerirán el título de Arquitectos y uno de Ingeniero Civil. Grado 7° - Título de Arquitecto. Grado 8° - Tres cargos requerirán título de Arquitecto, uno de Ingeniero Civil y uno de Constructor Civil. Grado 9° - Título de Arquitecto requerirán 24 cargos y de Constructor Civil 2 cargos. Grado 10° - Un cargo requerirá título de Arquitecto y ocho de Constructor Civil. Grado 11° - Diez cargos requerirán título de Arquitecto, tres de Ingeniero Civil y nueve de Constructor Civil. Grado 12° - Tres cargos requerirán el Título de Arquitecto y quince el de Constructor Civil. Grado 13° - Título de Constructor Civil. Grado 14° - Trece cargos requerirán el título de Constructor Civil y uno de profesional otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste. Grado 15° - Dos cargos requerirán el título de Constructor Civil y cuatro de profesional otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste. Grado 16° al 20° - Título de profesional, otorgado por un establecimiento de educación Superior del Estado o reconocido por éste. 3.- PLANTA DE ADMINISTRATIVOS: - Licencia de educación media o equivalente. 4.- PLANTA DE AUXILIARES: - Educación básica completa. - Estar en posesión de licencia para conducir vehículos Clase A, cuando corresponda.
