Artículo 1
1.- Auméntase en 17 cargos la planta de personal del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, en los escalafones y grados que se indica: Escalafón (nivel) Grado N° Cargos Directivos III 7° 2 III 8° 1 Profesional 12° 1 13° 1 Jefatura A II 10° 1 Oficiales Administrativos I 14° 2 I 15° 1 III 23° 1 III 24° 1 IV 25° 4 Auxiliares II 26° 1 II 25° 1 2. Trasládase el siguiente personal del Instituto de Normalización Previsional, que se encontraba desempeñando funciones para el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo. EX CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS PARTICULARES _______________________________________________________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: DIRECTIVOS Cortés Saavedra Ursula Ester III 8° Planta _______________________________________________________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: ASISTENTES SOCIALES Bravo Valdebenito Aída Elisa I 13° Contrata _______________________________________________________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: OFICIALES ADMINISTRATIVOS Contreras Rojas Juan Segundo III 23° Contrata Martel Bustos Yanet IV 25° Contrata Levicán Mansilla Elianira III 24° Contrata EX SERVICIO SEGURO SOCIAL _______________________________________________________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: DIRECTIVOS Drago León Ligoberto Hernán III 7° Directivo Planta Pantoja Pantoja Ida III 7° Directivo Planta _______________________________________________________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: JEFATURAS "A" Capetillo Reyes Pablo II 10° Agente Local Interino _______________________________________________________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: ADMINISTRADOR PUBLICO Pazos Ibarra Nils Virginia III 12° Contrata _______________________________________________________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: OFICIALES ADMINISTRATIVOS Arancibia Soto Mónica del C. IV 25° Contrata Espahie Alvarez Jorge Miguel I 15° Contrata Rodríguez Burgueño Jaime P. IV 25° Contrata Ramírez Miranda Orlando IV 25° Contrata EX CAJA NACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PERIODISTAS _______________________________________________________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: AUXILIARES Ordenes Ordenes Francisco II 26° Planta Barraza Guaringa Luis H. II 25° Contrata EX CAJA DE RETIRO Y PREVISION SOCIAL DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO _______________________________________________________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: OFICIALES ADMINISTRATIVOS Adriazola Sepúlveda Fanny I 14° Contrata Letelier Martínez Carmen I 14° Contrata 3.- Los funcionarios antes señalados, ocuparán los cargos y grados que se indican, creados en el punto N° 1, en el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo: Nombre Escalafón Grado Cortés Saavedra, Ursula Directivos 8° Bravo Valdebenito, Aída Profesional 13° Contreras Rojas, Juan Of. Administrativos 23° Martel Bustos, Yanet Of. Administrativos 25° Levicán Mansilla, Elianira Of. Administrativos 24° Drago león, Ligoberto Directivos 7° Pantoja Pantoja, Ida Directivos 7° Capetillo Reyes, Pablo Jefatura A 10° Pazos Ibarra, Nils Profesional 12° Arancibia Soto, Mónica Of. Administrativos 25° Espahie Alvarez, José Of. Administrativos 15° Rodríguez Bugueño, Jaime Of. Administrativos 25° Ramírez Miranda, Orlando Of. Administrativos 25° Ordenes Ordenes, Francisco Auxiliares 26° Barraza Guaringa, Luis Auxiliares 25° Adriazola Sepúlveda, Fanny Of. Administrativos 14° Letelier Martínez, Carmen Of. Administrativos 14° 4. Redúcese la dotación máxima de personal del Instituto de Normalización Previsional en 17 cargos e increméntese en igual número la del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo. 5. El personal trasladado conservará el régimen previsional y de desahucio, cuando corresponda, a que estuviere afecto, sin perjuicio de las normas establecidas en el Decreto N° 3.500, de 1980. Los funcionarios que sean traspasados en virtud de este Decreto con fuerza de Ley, mantendrán el monto de sus remuneraciones y las diferencias que pudieren producirse serán pagadas mediante planilla suplementaria de cargo del Organismo al cual sean traspasados, la que será imponible en la forma y condiciones que lo sean sus remuneraciones en la entidad de la cual provengan y reajustable en el mismo porcentaje que lo sean los sueldos y se absorverán a medida de los ascensos del funcionario respectivo. 6. Modifícase en los términos que a continuación se indican, los presupuestos de los Servicios Públicos que se señalan: INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL (Partida 15, Capítulo 08, Programa 01) Miles de $ Subt. Item. Asig. Incrementos Reducciones 21 Gastos en Personal 10.962 25 Transferencias Corrientes 10.962 32 Transferencias a Organismos del Sector Público 10.962 Créase 020 Servicio Nacional de Capacitación y Empleo 10.962 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION (Partida 15, Capítulo 05, Programa 01) Miles de $ Subt. Item. Asig. Incrementos Reducciones Créase 06 Transferencias 10.962 Créase 62 De Otros Organismos del Sector Público 10.962 Créase 001 Instituto de Normalización Previsional 10.962 Gastos en Personal 10.962 7. Este Decreto con fuerza de ley comenzará a regir a contar desde el 28 de Agosto de 1989.-
