Artículo UNICO
Artículo único:- Adécuanse las plantas y escalafones del personal de la Dirección de Planeamiento del Ministerio de Obras Públicas, a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la forma que se señala: Situación Actual ------------------------------------------------------- Escalafón ------------------------------------------------------- Director Nacional Jefatura A Jefatura A Jefatura B Jefatura B Ingenieros Ingenieros Arquitectos Arquitectos Ingenieros Profesionales Ingenieros Ingenieros Constructores Civiles Profesionales Constructores Civiles Profesionales Profesionales Ingeniero Constructores Civiles Profesionales Constructores Civiles Profesionales Técnico Universitario Profesionales Técnico Universitario Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos ------------------------------------------------------- Cargos Nivel Grado N° Cargos ------------------------------------------------------- 1 IV 3° 1 Jefes de Departamento I 5° 5 Jefatura A I 9° 1 Jefatura A II 10° 2 Jefatura B I 11° 1 Jefatura B II 13° 3 ---- 12 Ingenieros Civiles I 4° 1 Ingenieros Civiles I 6° 3 Arquitectos I 6° 5 Arquitectos I 7° 2 Ingenieros Civiles II 7° 9 Ingeniero Comercial 7° 1 Ingenieros Civiles II 8° 2 Ingenieros Civiles II 9° 2 I 10° 4 Sociólogo 10° 1 I 11° 2 Ingeniero Comercial 11° 1 Ingeniero Ejecución 11° 1 Ingeniero Civil II 12° 1 II 12° 1 Ingeniero Ejecución 12° 1 II 13° 1 Geógrafo 13° 1 Técnico Universitario I 14° 4 Ingeniero Ejecución II 14° 1 Técnico Universitario I 15° 2 ---- 46 I 14° 3 I 15° 4 II 16° 5 II 17° 6 II 18° 8 II 19° 8 III 20° 6 III 22° 2 III 23° 2 III 25° 1 ---- 45 Adecuación según Artículo 5° Ley N° 18.834 ------------------------------------------------------- Planta Cargos Grados N° Cargos ------------------------------------------------------- Director Nacional 3° 1 DIRECTIVOS Jefes Depto. 5° 5 Directivo 9° 1 Directivos 10° 2 Directivo 11° 1 Directivos 13° 3 ---- 12 PROFESIONALES Profesional 4° 1 Profesionales 6° 8 Profesionales 7° 12 Profesionales 8° 2 Profesionales 9° 2 Profesionales 10° 5 Profesionales 11° 4 Profesionales 12° 3 Profesionales 13° 2 Profesionales 14° 5 Profesionales 15° 2 ---- 46 ADMINISTRATIVOS Administrativos 14° 3 Administrativos 15° 4 Administrativos 16° 5 Administrativos 17° 6 Administrativos 18° 8 Administrativos 19° 8 Administrativos 20° 6 Administrativos 22° 2 Administrativos 23° 2 Administrativos 25° 1 ---- 45 Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican: a) Planta de Directivos: Cargos de carrera Directivos Grados 9° al 13° EUS : Desempeño de a lo menos 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta Administrativa o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrarla, uno de los cuales debe ser en cargos tope de esta planta, más un Curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas. b) Planta de Profesionales: Grados 4°, 6° y 7° EUS: Título de Ingeniero Civil, Arquitecto o Ingeniero Comercial Grado 8° EUS : Títulos de Ingeniero Civil, Arquitecto, Ingeniero Comercial o Sociólogo. Grado 9° EUS : Títulos de Ingeniero Civil, Arquitecto, Ingeniero Comercial, Sociólogo, Constructor Civil o Ingeniero de Ejecución. Grado 10° EUS 2 cargos requerirán : Título de Ingeniero Civil o Arquitecto. 3 cargos requerirán : Título de Ingeniero Comercial o Sociólogo o Geógrafo o Constructor Civil o Ingeniero de Ejecución. Grado 11° al 13° EUS : Título de Ingeniero Comercial o Geógrafo o Constructor Civil o Ingeniero de Ejecución. Grado 14° y 15° EUS : Título de Ingeniero Comercial o Geógrafo o Constructor Civil o Ingeniero de Ejecución o Título Profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, que no sean de los mencionados precedentemente. c) Planta de Administrativos: Licencia de Educación Media o equivalente d) Planta de Auxiliares: Haber aprobado la Educación Básica completa y estar en posesión de la Licencia de Conducir cuando corresponda.
