Artículo UNICO
Artículo único.- Modifícase el DFL N° 3-18.834 del Ministerio del Interior, de 1990, en la siguiente forma: a) Incorpórase en la planta el cargo de "Director Administrativo grado 2°". b) Sustitúyese en la planta de Directivos la denominación de los cuatro cargos de "Jefes Subdepartamentos grado 8°" por la de "Jefes de Departamento grado 8°".
📜 Texto Legal Técnico
