Artículo 1
1.- Suprímese los siguientes cargos de la Dirección General del Crédito Prendario y de Martillo: A.- Jefe del Departamento de Auditoría, cargo Directivo Nivel II Grado 6° E.U.S., servido actualmente por don Juan Raúl Sanzana Barra. B.- Abogado Nivel II Grado 9° E.U.S., actualmente vacante. C.- Segundo Jefe del Departamento Martillo y Ferias, Jefatura B, Nivel I Grado 12° E.U.S., actualmente vacante. D.- Segundo Jefe del Departamento Administrativo, Jefatura B, Nivel I Grado 12° E.U.S., cargo actualmente vacante. 2.- El funcionario que deba cesar en sus funciones, si no cumpliere con los requisitos para acogerse a jubilación, tendrá derecho, con cargo fiscal, al beneficio que otorga la letra e) del artículo 29 del decreto ley N° 2.879, de 1979. 3.- La supresión dispuesta en el presente decreto, se hará efectiva a contar de la fecha de su publicación.
