Artículo 1
1. Auméntase en 1 cargo la planta de personal de la Municipalidad de Tomé, en el escalafón y grado que se indica: Escalafón (Nivel) Grado N.° Cargos Administrativos 13.° 1 2. Trasládase del Instituto de Normalización Previsional a la Municipalidad de Tomé, a la funcionaria que a continuación se individualiza, para ocupar el cargo creado en el N.° anterior: EX SERVICIO DE SEGURO SOCIAL Nombre (Nivel) Grado Calidad Jurídica Escalafón: Oficiales Administrativos Alarcón García Erna II 17.° Contrata 3. Redúcese la dotación máxima de personal del Instituto de Normalización Previsional en 1 cargo e increméntese en igual número la de la Municipalidad de Tomé. 4. El personal trasladado conservará el régimen previsional y de desahucio, cuando corresponda, a que estuviere afecto, sin perjuicio de las normas establecidas en el Decreto N.° 3.500, de 1980.- Los funcionarios que sean traspasados en virtud de este Decreto con Fuerza de Ley, mantendrán el monto de sus remuneraciones y las diferencias que pudieren producirse serán pagadas mediante planilla suplementaria de cargo del Organismo al cual sean traspasados, la que será imponible en la forma y condiciones que lo sean sus remuneraciones en la entidad previsional de la cual provengan y registrable en el mismo procentaje que lo sean los sueldos y se absorverán a medida de los ascensos del funcionario respectivo. 5. Modifícase el Presupuesto vigente del Instituto de Normalización Previsional (Partida 15, Capítulo 08, Programa 01), en los siguientes términos: Miles de $ Subt. Item Asig. Incrementos Reducciones Gastos en 21 Personal 363 Transferencias 25 Corrientes 363 Transferencias a Otras Entidades 33 Públicas 363 Créase Municipalidad 044 de Tomé 363 6. Este Decreto con Fuerza de Ley, comenzará a regir a contar desde el 28 de Agosto de 1989.
