Artículo 1°.- Adécuanse la planta y escalafones del personal de la Municipalidad de Lampa a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 18.883, en la forma que se señala: _____________________________________________________ | NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.969 DEL DIA SABADO | | 17 DE SEPTIEMBRE DE 1994, PAGINA 11 | |_____________________________________________________|
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2°.- De conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 19.280 modifícase la planta de personal de la Municipalidad de Lampa en el siguiente sentido: A.- Créanse los cargos que se señalan: Planta Cargo Grado N° Cargos _______________________________________________________ Directivos Asesor Jurídico 8° 1 Secretario Comunal de 8° 1 Planificación y Coordinación Director de Obras 8° 1 Municipales Director de Desarrollo 8° 1 Comunitario Profesionales Profesionales 10° 2 Jefaturas Jefe Departamento de 9° 1 Administración y Finanzas Jefatura 10° 1 Técnicos Técnicos 12° 2 Administrativos Administrativo 15° 1 Administrativos 16° 2 Administrativo 17° 1 ____ TOTAL CARGOS 15 B.- Suprímense los cargos que se indican: Planta Cargo Grado N° Cargos _______________________________________________________ Auxiliares Auxiliares 17° 3 Auxiliar 18° 1 ___ TOTAL CARGOS 4 C.- Modifícanse los grados de los cargos que se indican: Grado Grado N° Planta Cargo Actual Modificado Cargos _______________________________________________________ Alcaldes Alcalde 6° 5° 1 Directivos Juez de 7° 6° 1 Policía Local Administrador 8° 7° 1 Municipal Profesionales Profesional 11° 10° 1 Técnicos Técnico 12° 11° 1 Técnico 13° 12° 1 Administrativos Administrativo 14° 13° 1 Administrativo 15° 14° 1 Auxiliares Auxiliar 18° 16° 1 Auxiliar 18° 17° 1 Auxiliares 19° 18° 2
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3°.- Establécese la planta de personal de la Municipalidad de Lampa. Planta Cargo Grado N° Cargos _______________________________________________________ Alcaldes Alcalde 5° 1 Directivos Juez de Policía Local 6° 1 Administrador Municipal 7° 1 Secretario Municipal 8° 1 Asesor Jurídico 8° 1 Director de Tránsito y 8° 1 Transporte Públicos Secretario Comunal de 8° 1 Planificación y Coordinación Director de Obras 8° 1 Municipales Director de Desarrollo 8° 1 Comunicatorio Directivo 9° 1 Directivo 10° 1 Profesionales Profesionales 10° 4 Profesional 12° 1 Profesionales Ley N° 15.076 11 hrs/sem. Jefaturas Jefe Departamento de 9° 1 Administración y Finanzas Jefatura 9° 1 Jefaturas 10° 2 Técnicos Técnico 11° 1 Técnicos 12° 3 Administrativos Administrativo 12° 1 Administrativo 13° 1 Administrativo 14° 1 Administrativo 15° 1 Administrativos 16° 4 Administrativo 17° 1 Auxiliares Auxiliar 16° 1 Auxiliar 17° 1 Auxiliares 18° 2 Auxiliar 19° 1 ____ TOTAL CARGOS 38 Más 11 Hrs. semanales Profesionales Ley N° 15.076
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 4
Artículo 4°.- Fíjanse los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan: Planta Cargo Grado Requisitos _______________________________________________________ Directivos Asesor Jurídico 8° - Experiencia de a lo menos un año en la Administración del Estado. Secretario 8° - Experiencia de a Comunal Comuna lo menos un de Planificación año en la y Coordinación Administración del Estado. Director de 8° Experiencia de a lo Obras Municipales menos un año en la Administración del Estado. Director de 8° - Experiencia de a Desarrollo lo menos un año en Comunitario la Administración del Estado. Profesionales Profesionales 10° - Un cargo requerirá: a) Título de Arquitecto, y b) Experiencia profesional de a lo menos un año en la Administración del Estado. - Un cargo requerirá: a) Título de Asistente Social, y b) Experiencia profesional de a lo menos un año en la Administración del Estado. - Un cargo requerirá experiencia profesional de a lo menos un año en cargos de relacionador público en la Administración del Estado. Jefaturas Jefe 9° - Requerirá: Departamento a) Experiencia de a de Administración lo menos tres años y Finanzas en el área de Administración y Finanzas, y b) Curso de Contabilidad gubernamental. Jefaturas 10° - Un cargo requerirá experiencia de a lo menos tres años en la Administración del Estado.