Artículo 1°.- Sustitúyense, a contar del 1° de Julio de 1982, los escalafones de Jefaturas A, Jefaturas B, Jefaturas C, Contadores y Oficiales Administrativos de la planta de la Dirección General de Aguas, por los siguientes ----------------------------------------------------- Jefaturas A (1) Grado 9° E.U.S. Nivel I (1) Jefaturas B (8) Grado 11° E.U.S. Nivel I (3) Grado 12° E.U.S. Nivel I (3) Grado 13° E.U.S. Nivel II (2) Contadores (1) Grado 10° E.U.S. Nivel I (1) Oficiales Administrativos (144) Grado 14° E.U.S. Nivel I (5) Grado 15° E.U.S. Nivel I (6) Grado 16° E.U.S. Nivel II (8) Grado 17° E.U.S. Nivel II (9) Grado 18° E.U.S. Nivel II (11) Grado 19° E.U.S. Nivel II (14) Grado 20° E.U.S. Nivel III (23) Grado 21° E.U.S. Nivel III (23) Grado 22° E.U.S. Nivel III (21) Grado 23° E.U.S. Nivel III (7) Grado 24° E.U.S. Nivel III (9) Grado 25° E.U.S. Nivel IV (5) Grado 27° E.U.S. Nivel IV (3)
Artículo 2°.- 2 cargos de Jefaturas C grado 15° E.U.S. se fusionan en Jefaturas B grado 12° E.U.S.; 2 cargos de Jefaturas C grado 15° E.U.S. se fusionan en Jefaturas B grado 13° E.U.S.; 2 cargos de Jefaturas C grado 15° E.U.S. se fusionan en el escalafón de Oficiales Administrativos grado 14° E.U.S. y 4 cargos de Jefaturas C grado 16° E.U.S. se fusionan en el escalafón de Oficiales Administrativos grado 15° E.U.S.
Artículo 3°.- Se suprimen 5 cargos de Oficiales Administrativos grado 24° E.U.S. y 2 cargos de Oficiales Administrativos grado 25° E.U.S.
Artículo 4°.- El encasillamiento del personal se hará en forma discrecional por el Ministro de Obras Públicas, sin sujeción al escalafón vigente del Servicio ni a los requisitos exigidos por el DFL. de Hacienda N° 90, de 1977 y sus modificaciones posteriores.
Artículo 5°.- Cárguese el mayor gasto que signifique la aplicación del artículo 1° de este decreto con fuerza de ley a los fondos que se consulten en el Presupuesto del año 1982.