Artículo
Prorrógase en seis meses el plazo de un año señalado en el inciso 3° del artículo 39 de la ley N° 16.640, para efectuar la consignación que corresponde pagar por el predio expropiado, respecto de los predios cuya expropiación se publicó en el Diario Oficial de 15 de Septiembre y 2 de Octubre de 1972.
📜 Texto Legal Técnico
