Artículo 1
Supleméntase en la suma de ciento ochenta mil pesos ($ 180,000) el ítem 7-2-1 del Ministerio de Educación Pública, que se deducirá de los fondos no invertidos del ítem 6-1-5 del Ministerio de Hacienda, correspondiente al servicio de la deuda.
📜 Texto Legal Técnico
