Artículo UNICO
Artículo único. Agrégase al artículo 6.o de la ley número 5,005, de 24 de Noviembre de 1931, la siguiente letra: "h) Las de los empleados del servicio de la Tesorería General de la República".
📜 Texto Legal Técnico
Complementa ley 5,005
Decreto Ley 88 · 1 artículos · Versión BCN: 1932-07-02 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único. Agrégase al artículo 6.o de la ley número 5,005, de 24 de Noviembre de 1931, la siguiente letra: "h) Las de los empleados del servicio de la Tesorería General de la República".