Artículo 1
Artículo 1.o Agrégase en la letra d) del artículo 6.o de la ley número 5.005, de 24 de Noviembre de 1931, la siguiente frase: "y demás personal del servicio"; y al final de la enumeración del mismo artículo, el siguiente inciso: "Las del servicio de Protección de Menores".
📜 Texto Legal Técnico
