Artículo 1
Artículo 1.o Supleméntanse en las cantidades que se expresan las letras de las partidas que se indican del Presupuesto Ordinario vigente del Ministerio de Agricultura: 12|01|04|c-2) para viáticos del personal de los Servicios Provinciales, treinta mil pesos______ $ 30,000.- 12|01|04|f-2) Para pasajes y fletes en Empresas particulares, cuarenta mil pesos___________________ 40,000.- 12|01|04|v-1) Imprevistos Subsecretaría, doce mil pesos________ 12,000.- 12|01|04|v-3) Varios e imprevistos Servicios Provinciales, treinta mil pesos____________________________ 30,000.- 12|01|04|d-6 Jornales Administración de la Quinta Normal, sesenta y cinco mil pesos____________________________ 65,000.- 12|01|04|d) Jornales, cuarenta mil pesos________________________________ 40,000.- 12|01|04|á) Personal a contrata, cincuenta mil pesos__________________ 50,000.- 12|01|04|k-1 Gastos Generales Subsecretaría, diez mil pesos________ 10,000.- 12|01|04|g-1) Materiales y artículos de consumo, Subsecretaría y Campos de Genética, veinte mil pesos________ 20,000.- 12|01|04|w-8) Adquisiciones Administración Quinta Normal, tres mil pesos____________________________ 3,000.- La cantidad de trescientos mil pesos ($ 300,000), a que asciende el presente suplemento, se deducirá de los fondos de auxilio directo a cesantes, consultados en el artículo 1.o Título III, de la ley N.o 5,105, de 18 de Abril último.
