Artículo primero.- Modifícase el artículo 1° del decreto ley N° 249, de 5 de Enero de 1974, incorporando a contar del 1° de Enero de 1974, a la Fiscalía para la Defensa de la Libre Competencia creada por el decreto ley N° 211, de 22 de Diciembre de 1973.
Artículo segundo.- Fíjase para los trabajadores de la Fiscalía para la Defensa de la Libre Competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación NOTA: en la Escala Unica: -------------------------------------------------------- Nombre del Cargo Grado de la Escala Unica -------------------------------------------------------- PLANTA DIRECTIVA, PROFESIONAL Y TECNICA Fiscal, Jefe del Servicio 1ª Cat. 3 Secretario General Abogado 2ª Cat. 5 Abogados, con 3 años de experiencia y especialización en materias económicas 3ª Cat. 6 El o los cargos de Abogados de grado 6 se transformarán en grado 7 a medida que vayan quedando vacantes. PLANTA ADMINISTRATIVA Oficiales con 5 años de experiencia en alguna especialización en comercio, derecho, contabilidad o materias económicas, o 10 años de experiencia administrativa si no contare con especialización 19 NOTA: La modificación introducida a este artículo rige a contar del 1º de enero de 1974.