Artículo 1
Artículo 1º.- Sustitúyase el Art. 24 del decreto ley 316, de 1974, por el siguiente: "Artículo 24°- Apruébase la Planta que regirá para la Corporación de Fomento de la Producción a contar desde el 1º de Enero de 1974 y fíjase, a contar desde la misma fecha, la siguiente designación de cargos, su número y ubicación en la Escala Unica: PLANTA DIRECTIVA --------------------------------------------------------- Nº Grado de la Escala cargos Cargo Unica --------------------------------------------------------- 1 Vicepresidente Ejecutivo 2 1 Vicepresidente Ejecutivo Adjunto 3 1 Fiscal 3 1 Gerente General 3 NOTA 1 Abogado Jefe (Gerente) 4 7 Gerentes 4 22 Subgerentes "A" 4 1 Subgerente "B" 4 1 Subgerente Oficina Nueva York 4 43 Jefes de Departamento 5 1 Jefe de Departamento Oficina Nueva York 5 127 Jefes de División 5 1 Jefe de División Oficina Nueva York 5 Suprímense los dos cargos de Gerentes que quedaron vacantes el 7 de Enero y el 28 de Febrero de 1974, a contar de dichas fechas, respectivamente. El Subgerente "B" tendrá, entre otras funciones y obligaciones, las indicadas en el Art. 22 del decreto supremo Nº 360, de 1945, del ex Ministerio de Economía y Comercio. PLANTA PROFESIONAL, TECNICA Y DE EXPERTOS --------------------------------------------------------- Nº Grado de la Escala cargos Cargo Unica --------------------------------------------------------- 134 Profesionales y Técnicos 6 35 Profesionales y Técnicos 7 164 Profesionales y Técnicos 8 145 Profesionales y Técnicos 9 161 Profesionales, Técnicos y Expertos 10 25 Profesionales, Técnicos y Expertos 11 15 Profesionales, Técnicos y Expertos 12 43 Profesionales, Técnicos y Expertos 13 27 Profesionales, Técnicos y Expertos 14 56 Profesionales, Técnicos y Expertos 15 49 Profesionales, Técnicos y Expertos 16 19 Profesionales, Técnicos y Expertos 17 20 Profesionales, Técnicos y Expertos 18 16 Profesionales, Técnicos y Expertos 19 6 Profesionales, Técnicos y Expertos 20 3 Profesionales, Técnicos y Expertos 21 2 Profesionales, Técnicos y Expertos 22 1 Profesionales, Técnicos y Expertos 23 2 Profesionales, Técnicos y Expertos 24 1 Profesionales, Técnicos y Expertos 26 1 Profesionales, Técnicos y Expertos 27 Podrá ingresar a esta Planta Profesional, Técnica y de Expertos el personal que se encuentra en alguna de las siguientes situaciones: a) Los funcionarios que al 31 de Diciembre de 1973, pertenecían a la Planta Profesional y Técnica de la Corporación; b) Aquellas personas que desempeñen algún cargo para cuyo ejercicio se requiere tener la calidad de técnico o profesional, entendiéndose para estos efectos que tienen dicha calidad con relación al cargo que desempeñan aquellos funcionarios a que se refiere el inciso 2º del Nº 2 del Art. 16 del DFL. Nº 211, de 1960, y c) Aquellas personas con prácticas, habilidades o experiencias en cualquiera técnica o ciencia que, a juicio del Vicepresidente Ejecutivo, sean de utilidad para el cumplimiento de los fines de la Corporación, los que, en todo caso, sólo podrán llegar al grado 10 de la Escala Unica como tope de carrera. No obstante, a contar de la fecha de la publicación de este decreto ley, para proveer cualquier cargo de profesional o técnico con arreglo a las letras b) y c) precedentes, se requerirá, además, estar en posesión del respectivo título y/o, en su caso, estar inscrito en el Colegio correspondiente, a los menos, un año, y, tratándose de expertos, tener una experiencia mínima de 3 años en la especialidad requerida. JEFATURAS ADMINISTRATIVAS --------------------------------------------------------- Nº Grado de la Escala cargos Cargo Unica --------------------------------------------------------- 26 Jefes de Sección 13 43 Jefes de Oficina 15 3 Jefes de Sección 15 1 Cajero Jefe 16 25 Jefes Administrativos 16 2 Jefes de Sección 16 59 Jefes Administrativos 17 45 Jefes Administrativos 18 PLANTA ADMINISTRATIVA 1 Jefe Administrativo 19 41 Oficiales 19 33 Secretarias 19 61 Oficiales 20 1 Operador Máquinas National 20 57 Secretarias 20 54 Oficiales 21 63 Secretarias 21 69 Oficiales 22 99 Secretarias 22 30 Oficiales 23 1 Operador Máquinas National 23 73 Secretarias 23 2 Oficiales 24 2 Oficiales 25 1 Secretaria 25 1 Programador IBM 25 2 Oficiales 26 1 Secretaria 26 1 Operador Máquinas National 26 1 Operador IBM 27 2 Oficiales 27 1 Perforista IBM 27 1 Secretaria 27 1 Operador Máquinas National 28 1 Oficial 28 2 Secretarias 28 1 Inspector de Inventarios 28 1 Oficial 29 1 Secretaria 29 1 Oficial 30 3 Secretarias 30 1 Oficial 31 1 Secretaria 31 1 Perforista IBM 31 1 Telefonista 31 PLANTA DE SERVICIOS ESCALAFON DE ESPECIALIDADES 1 Jefe de Perforación 22 20 Jefes de Talleres 22 10 Bodegueros Jefes 23 5 Inspectores Jefes de Perforación 23 1 Jefe Planta Eléctrica 23 20 Jefes de Talleres 23 9 Maestros Jefes de Perforación 23 32 Jefes de Talleres 24 2 Inspectores Jefes de Perforación 24 10 Maestros Jefes de Perforación 24 7 Bodegueros 25 8 Carpinteros 25 11 Choferes 25 5 Hidromensores 25 4 Jefes de Talleres 25 21 Maestros de Perforación 25 24 Mecánicos 25 1 Maestro de Perforación 26 1 Ayudante Operadores Multilith 26 1 Bodeguero 26 37 Choferes 26 2 Electricistas 26 3 Gásfiter 26 3 Mecánicos 26 4 Operadores Multilith 26 1 Operador Roneo 26 12 Pañoleros 26 28 Perforistas 26 6 Soldadores 26 1 Jefe de Taller 27 1 Bodeguero 27 1 Carpintero 27 12 Choferes 27 1 Gruero 27 4 Mecánicos 27 4 Pañoleros 27 7 Perforistas 27 4 Soldadores 27 1 Perforista 28 1 Hidromensor 28 1 Bodeguero 28 7 Choferes 28 1 Electricista 28 2 Pañoleros 28 2 Soldadores 28 2 Torneros 28 1 Mayordomo 29 PLANTA DE SERVICIOS ESCALAFON DE ESPECIALIDADES --------------------------------------------------------- Nº Grado de la Escala cargos Cargo Unica --------------------------------------------------------- 1 Auxiliar Dental 29 2 Ayudantes de Perforación 29 1 Carpintero 29 1 Chofer 29 1 Enfermero 29 2 Ayudantes de Bodeguero 30 1 Ayudante de Perforación 30 1 Soldador 30 1 Mecánico 30 1 Electricista 30 1 Pañolero 30 2 Alarifes 32 1 Pintor 32 1 Carpintero 33 1 Pintor 33 1 Gásfiter 33 1 Calderero 33 1 Albañil 33 1 Chofer 33 El o los cargos de Choferes y Enfermero grado 29° se transformarán en grado 33° y 32°, respectivamente, a medida que vayan quedando vacantes. El o los cargos de Alarifes y Pintor grado 32° se transformarán en grado 33°, a medida que vayan quedando vacantes. --------------------------------------------------------- Nº Grado de la Escala cargos Cargo Unica --------------------------------------------------------- PLANTA DE SERVICIOS ESCALAFON DE SERVICIOS GENERALES 1 Mayordomo Jefe 25 1 Conserje 26 1 Ecónoma 26 6 Mayordomos 26 2 Mayordomos 27 28 Porteros 27 24 Porteros 28 1 Telefonista 28 1 Encargado Oficina Materiales 29 1 Mayordomo Casino 29 23 Porteros 29 2 Telefonistas 29 6 Maestras de Cocina 30 32 Porteros 30 1 Maestra de Cocina 31 33 Auxiliares de Casino 31 7 Jefes de Comedor 31 2 Porteros 31 1 Ayudante de Patio 32 3 Porteros 32 1 Auxiliar de Casino 32 1 Lavandera 33 4 Porteros 33 PLANTA DE SERVICIOS ESCALAFON DE SERVICIOS GENERALES 1 Telefonista 33 1 Portero 35 1 Auxiliar Casino 35 El o los cargos de Telefonistas grado 29° se transformarán en grado 31° a medida que vayan quedando vacantes. El o los cargos de Auxiliares de Casino, Lavandera y Porteros grados 33°, se transformarán en grado 35° a medida que vayan quedando vacantes. PLANTA MEDICO FUNCIONARIO LEY 15076 1 Médico Jefe (Pediatra) 6 horas 1 Odontólogos (Radiólogos) 6 horas 1 Odontólogo 6 horas El personal de la Planta Médico Funcionario tendrá derecho a percibir cuando corresponda, el beneficio contemplado en el Art. 8º de la ley 15.076. Fíjase en un 30%, para los profesionales que sirvan los cargos de Médico Jefe (Pediatra) y Odontólogos (Radiólogos), la asignación contemplada en el Art. 9º letra b) de la ley 15.076. Fíjase, asimismo, en un 60% para los profesionales que sirvan los cargos de Médico Jefe (Pediatra), y Odontólogos (Radiólogos), la asignación contemplada en la letra a) del Art. 9º, de la ley 15.076." NOTA La modificación introducida al presente artículo rige a contar del 1º de enero de 1974.
