Artículo 68(DEL ART 1)
Si obtienes ingresos por intereses financieros o eres un pequeño contribuyente (como feriante o pescador), no estás obligado a llevar contabilidad. Sin embargo, debes registrar diariamente tus ingresos si realizas pagos provisionales mensuales. El Servicio de Impuestos Internos puede liberar de contabilidad a inversionistas extranjeros.
