Artículo 1.o- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 1.o del decreto con fuerza de ley N.o 2, de 1968, del Ministerio del Interior y sus modificaciones posteriores, en la forma que se indica a continuación: 1) En el rubro Personal de Fila, antepónese a la expresión "Servicio de Orden y Seguridad" la letra "A" mayúscula. 2) En el rubro "4 Servicio de Intendencia" sustitúyese el número "4" que precede a la expresión Servicio de Intendencia, por la letra "B" mayúscula.
Artículo 2.o- Créase en el artículo 1.o del decreto con fuerza de ley N.o 2, de 1968, del Ministerio del Interior en el rubro Personal de Fila, A) Servicio de Orden y Seguridad, con la denominación "4) Oficiales de Ordenes" los siguiente cargos: 1 Mayor Grado 8 30 Capitanes Grado 9 169 Tenientes Grado 11
Artículo 3.o- Agrégase como inciso tercero, al artículo 15.o del decreto con fuerza de ley número 2, de 1968, del Ministerio del Interior, el siguiente: "Los Tenientes de Ordenes serán designados por decreto supremo, exclusivamente de aquel personal a contrata de Carabineros, del Servicio de Orden y Seguridad que haya aprobado en la Escuela de Carabineros un Curso de Formación y Perfeccionamiento no inferior a un año, y su antigüedad se fijará de acuerdo a sus años de servicios efectivos en la Institución y lugar que ocupaban en su respectivo escalafón. Para postular al curso, deberán reunir los siguientes requisitos básicos y demás que señalen los reglamentos: a) Tener cuarto año de enseñanza media o estudios equivalentes, y b) Acreditar más de 10 años de servicios en la Institución."
Artículo 4º.- La creación de las plazas a que se refiere el artículo 2º se hará gradualmente en un periodo de cuatro años, en la siguiente forma: Año 1976 50 Tenientes Grado 11 Año 1977 50 Tenientes Grado 11 Año 1978 69 Tenientes Grado 11 Año 1979 1 Mayor Grado 8 30 Capitanes Grado 9
Artículo 5º.- El mayor gasto que signifique la aplicación del presente decreto ley se considerará anualmente en el presupuesto de la Subsecretaría de Carabineros del Ministerio de Defensa Nacional.