Artículo UNICO
Artículo único.- Agrégase al artículo 2° del decreto ley 769, de 1974, el siguiente inciso: "Las demás Instituciones, empresas y servicios no comprendidos en el inciso anterior, podrán usar el sistema de identificación polaroid en blanco y negro sin ninguna restricción y sin necesidad de autorización especial alguna".
📜 Texto Legal Técnico
