MODIFICA EL DECRETO LEY N° 619, DE 1974, Y LA LEY
SOBRE IMPUESTOS A LA RENTA Y OTROS
Decreto Ley 1076 · 6 artículos · Versión BCN: 1975-06-28 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
Artículo 1°- Agrégase al artículo 32 del decreto ley N° 619, de 22 de agosto de 1974, el siguiente número: "25.- Documentos otorgados por Instituciones Financieras, en las operaciones de captación de capitales de ahorrantes o inversionistas, cuando éstos den cuenta de operaciones de crédito de dinero y sean necesarios para la realización de estas operaciones. La lista de tales documentos será determinada por resolución del Director Nacional de Impuestos Internos, previo informe favorable del Consejo Monetario.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2°- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974, que contiene el texto de la Ley sobre Impuesto a la Renta: 1.- Agrégase al artículo 39, el siguiente N° 4: "4.- Los intereses o rentas que provengan de: a) Los bonos, pagarés y otros títulos de créditos emitidos por cuenta o con garantía del Estado o por las instituciones, empresas y organismos autónomos del Estado. b) Los bonos o letras hipotecarios emitidos por las instituciones autorizadas para hacerlo. c) Los bonos, debentures, letras, pagarés o cualquier otro título de crédito emitidos por la Caja Central de Ahorros y Préstamos; Asociaciones de Ahorro y Préstamos; empresas bancarias de cualquier naturaleza; sociedades financieras y las cooperativas de ahorro y crédito. d) Los bonos o debentures emitidos por sociedades anónimas. e) Las cuotas de ahorro emitidas por cooperativas y los aportes de capital en cooperativas. f) Los depósitos en cuentas de ahorro para la vivienda. g) Los depósitos a plazo en moneda nacional o extranjera y los depósitos de cualquiera naturaleza efectuados en alguna de las instituciones mencionadas en la letra c) de este número". 2.- Agrégase el siguiente inciso final al artículo N° 39: "Las exenciones contempladas en los N°s 2° y 4° de este artículo, relativas a operaciones de crédito o financieras, no regirán cuando las rentas provenientes de dichas operaciones sean obtenidas por empresas bancarias de cualquier naturaleza, sociedades financieras u otras entidades similares."
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3°- Agrégase al artículo 59 del decreto ley N° 825, de 1974, los siguientes números: "16.- Las primas y descuentos de contratos de reseguro; y "17.- Las primas de contratos de seguro de vida reajustable." Sustitúyese en el número 13 del mismo artículo, la última coma (,) por un punto y coma (;) y elimínase la letra "y".
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 4
Artículo 4°- Reemplázase el N° 3 del artículo 17° del decreto ley N° 824, de 1974, por el siguiente: "3°- Los intereses provenientes de aportes de capital o de cuotas de ahorro tributarán con los impuestos global complementario o adicional".
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 5
Artículo 5°- Derógase el artículo 8° del decreto ley N° 910, de 1975.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 6
Artículo 6°- Derógase la exención de impuestos sobre los intereses provenientes de operaciones de compraventa y préstamos hipotecarios, contenida en el artículo 69° del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1959.