DECLARA EN REORGANIZACION, PARA LOS EFECTOS QUE
SEÑALA, EL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
Decreto Ley 1130 · 3 artículos · Versión BCN: 1975-08-06 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
Artículo 1°- Declárase en reorganización el Consejo de Defensa del Estado, para los efectos de adecuar su estructura interna, sus atribuciones, funciones y deberes a principios básicos de racionalización administrativa e institucional, que permitan un más eficiente y expedito cumplimiento de sus cometidos orgánicos.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2°- Para los fines indicados en el artículo anterior, el Presidente del Consejo de Defensa del Estado deberá proponer al Ministerio de Justicia, dentro del plazo de 90 días, contados desde la publicación del presente decreto ley en el Diario Oficial, la nueva organización y funciones del citado organismo.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3°- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior todo el personal del Consejo quedará en carácter interino, hasta que se disponga la confirmación en sus cargos.